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Título Tercero

Capítulo III

Elección del Presidente de la República.

El Presidente de la República es electo por medio de votaciones ciudadanas directas.

Las reformas a los artículos constitucionales entran en vigor en cuanto se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

  • 1ª Reforma DOF 20-12-2019

El artículo 81 constitucional ha sido reformado en 2019.

Articulo 81.- La elección del presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral. El cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos puede ser revocado en los términos establecidos en esta Constitución.